La pensión de viudedad es un beneficio económico que se otorga a los cónyuges o parejas de hecho que quedan viudos o viudas tras el fallecimiento de su pareja. Sin embargo, en caso de separación o divorcio, existen una serie de requisitos que deben cumplirse para poder acceder a esta pensión. A continuación, detallaremos los principales requisitos que se deben cumplir para obtener la pensión de viudedad en caso de separación.
Requisitos para obtener la pensión de viudedad en caso de separación
1. Alta en la Seguridad Social o situación asimilada al alta
El primer requisito para poder acceder a la pensión de viudedad en caso de separación es que el fallecido estuviera dado de alta en la Seguridad Social o en una situación asimilada al alta en el momento de su fallecimiento. Esto significa que el fallecido debe haber estado cotizando a la Seguridad Social o encontrarse en una situación que le permita ser considerado como si estuviera dado de alta, como por ejemplo, estar en situación de desempleo y percibiendo la prestación correspondiente.
2. Cotización mínima de 500 días en los últimos cinco años
Otro requisito fundamental para poder acceder a la pensión de viudedad en caso de separación es haber cotizado un mínimo de 500 días en los últimos cinco años anteriores al fallecimiento. Esto implica que el fallecido debe haber realizado cotizaciones a la Seguridad Social durante al menos 500 días en los cinco años previos a su fallecimiento.
3. Excepción de cotización mínima en caso de fallecimiento por accidente o enfermedad profesional
En caso de que el fallecimiento se produzca como consecuencia de un accidente, ya sea laboral o no, o por una enfermedad profesional, no será necesario cumplir con el requisito de cotización mínima de 500 días en los últimos cinco años. Esto se debe a que en estos casos se considera que el fallecimiento es consecuencia directa de la actividad laboral y, por lo tanto, se otorga la pensión de viudedad sin necesidad de cumplir con este requisito.
4. Receptor de pensión compensatoria en caso de divorcio
En caso de separación o divorcio, para poder acceder a la pensión de viudedad es necesario que el cónyuge supérstite sea receptor de una pensión compensatoria. La pensión compensatoria es una prestación económica que se otorga al cónyuge que ha sufrido un desequilibrio económico como consecuencia de la separación o divorcio. Esta pensión compensatoria debe haber sido establecida por sentencia judicial o por acuerdo entre las partes.
5. No haber contraído nuevo matrimonio o pareja de hecho
Para poder acceder a la pensión de viudedad en caso de separación, el cónyuge supérstite no debe haber contraído nuevo matrimonio o haber constituido una pareja de hecho. Esto implica que si el cónyuge supérstite decide volver a casarse o formar una nueva pareja de hecho, perderá el derecho a recibir la pensión de viudedad.
6. Derecho a pensión de viudedad para víctimas de violencia de género
Las mujeres que puedan acreditar que eran víctimas de violencia de género en el momento de la separación judicial o divorcio tienen derecho a la pensión de viudedad, independientemente de si cumplen o no con los requisitos anteriores. Esto se debe a que se considera que estas mujeres han sufrido un grave perjuicio como consecuencia de la violencia de género y se les otorga este beneficio económico como una forma de reparación.
7. Reparto de pensión de viudedad en caso de divorcio
En caso de divorcio, la pensión de viudedad se repartirá entre el cónyuge supérstite y el divorciado en proporción al tiempo vivido con el causante. Esto significa que si el divorcio se produce después de muchos años de matrimonio, el cónyuge supérstite recibirá una mayor parte de la pensión de viudedad, mientras que si el matrimonio ha sido de corta duración, el divorciado recibirá una mayor parte.
8. Garantía del 40% de la pensión de viudedad para el cónyuge supérstite o pareja de hecho
Por último, cabe destacar que se garantiza que el cónyuge supérstite o la pareja de hecho reciba al menos el 40% de la pensión de viudedad. Esto significa que, en caso de que el cálculo de la pensión de viudedad resulte en una cantidad inferior al 40% de la pensión que correspondía al fallecido, se realizará un incremento para garantizar que el cónyuge supérstite o la pareja de hecho reciba al menos ese porcentaje.
Para poder acceder a la pensión de viudedad en caso de separación, es necesario cumplir una serie de requisitos, como estar dado de alta en la Seguridad Social, haber cotizado un mínimo de 500 días en los últimos cinco años, ser receptor de una pensión compensatoria en caso de divorcio y no haber contraído nuevo matrimonio o pareja de hecho. Sin embargo, en caso de fallecimiento por accidente o enfermedad profesional, no será necesario cumplir con el requisito de cotización mínima. Además, las mujeres que sean víctimas de violencia de género tienen derecho a la pensión de viudedad, independientemente de si cumplen o no con los requisitos anteriores. En caso de divorcio, la pensión de viudedad se repartirá entre el cónyuge supérstite y el divorciado en proporción al tiempo vivido con el causante, y se garantiza que el cónyuge supérstite o la pareja de hecho reciba al menos el 40% de la pensión de viudedad.