Despido injustificado recargo: Indemnización según artículo 168

El despido injustificado recargo es una situación en la que un trabajador es despedido sin una causa justificada por parte del empleador. En estos casos, la ley establece que el trabajador tiene derecho a recibir una indemnización por el despido injustificado, la cual puede ser aumentada en ciertos casos específicos.

Procedimiento de reclamo

Si un trabajador considera que ha sido despedido injustificadamente, puede iniciar un procedimiento de reclamo para solicitar la indemnización correspondiente. Para ello, debe recurrir al juzgado competente dentro de los 60 días hábiles desde la separación.

Indemnización según el inciso cuarto del artículo 162

El inciso cuarto del artículo 162 establece que en caso de despido injustificado, el juez ordenará el pago de una indemnización equivalente a una remuneración mensual por cada año de servicio o fracción superior a seis meses, con un tope de 11 remuneraciones mensuales.

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Indemnización según los incisos primero o segundo del artículo 163

En algunos casos, el trabajador puede tener derecho a una indemnización mayor. Según los incisos primero o segundo del artículo 163, si el despido injustificado se produce en circunstancias que hacen especialmente gravoso el término de la relación laboral, el juez puede ordenar el pago de una indemnización adicional.

Aumento de indemnización por aplicación improcedente del artículo 161

Si el despido se produce por aplicación improcedente del artículo 161, la indemnización se aumentará en un 30%. El artículo 161 establece las causales de terminación del contrato por parte del empleador, y si se determina que su aplicación fue incorrecta, el trabajador tendrá derecho a un mayor monto de indemnización.

Aumento de indemnización por aplicación injustificada de las causales del artículo 159 o falta de causa legal

Si el despido se produce por aplicación injustificada de las causales del artículo 159 o si no se invoca ninguna causa legal, la indemnización se aumentará en un 50%. El artículo 159 establece las causales de terminación del contrato por parte del trabajador, y si se determina que su aplicación fue injustificada, el trabajador tendrá derecho a una indemnización mayor.

Aumento de indemnización por aplicación indebida de las causales del artículo 160

Si el despido se produce por aplicación indebida de las causales del artículo 160, la indemnización se aumentará en un 80%. El artículo 160 establece las causales de terminación del contrato por mutuo acuerdo entre el empleador y el trabajador, y si se determina que su aplicación fue incorrecta, el trabajador tendrá derecho a un mayor monto de indemnización.

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Aumento de indemnización en caso de despido carente de motivo plausible

Si el despido es declarado carente de motivo plausible por el tribunal y se invocaron las causales del artículo 160, la indemnización se incrementará en un 100%. Esto significa que si se determina que el despido no tuvo una justificación válida, el trabajador tendrá derecho a recibir el doble de la indemnización correspondiente.

Excepción de recargo de indemnización en denuncias de acoso sexual

Es importante destacar que en el caso de denuncias de acoso sexual, si el empleador cumplió con sus obligaciones en materia de prevención y sanción del acoso sexual, no estará afecto al recargo de la indemnización. Esto significa que si el empleador ha tomado las medidas necesarias para prevenir y sancionar el acoso sexual en el lugar de trabajo, no tendrá que pagar una indemnización adicional en caso de despido injustificado.

Establecimiento de causa de terminación del contrato según los artículos 159, 160 y 161

En caso de que el juez establezca que las causales de terminación del contrato establecidas en los artículos 159 y 160 no han sido acreditadas, se entenderá que el término del contrato se produjo por alguna de las causales del artículo 161. Esto significa que si no se puede demostrar que el despido se basó en una causa válida según los artículos 159 y 160, se considerará que el despido se produjo por alguna de las causales establecidas en el artículo 161.

Suspensión del plazo para recurrir al tribunal por reclamo ante la Inspección del Trabajo

Es importante tener en cuenta que el plazo para recurrir al tribunal se suspende si el trabajador presenta un reclamo ante la Inspección del Trabajo. Esto significa que si el trabajador decide presentar un reclamo ante la Inspección del Trabajo, el plazo para recurrir al tribunal se detiene hasta que se resuelva el reclamo ante la Inspección.

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Plazo límite para recurrir al tribunal

En ningún caso se puede recurrir al tribunal transcurridos 90 días hábiles desde la separación del trabajador. Esto significa que el trabajador tiene un plazo máximo de 90 días hábiles para presentar su reclamo ante el tribunal desde la fecha en que fue despedido.

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